Desde
el 1 de enero de 2013, se han modificado los requisitos necesarios para
considerar válida una factura remitida por medios electrónicos.
Para
que una factura electrónica sea válida se necesita que cumpla 3 requisitos:
1. Debe contener los datos mínimos
exactamente igual que si fuera en papel (emisor, destinatario, numero, fecha,
NIF, etc)
2. El destinatario debe dar su consentimiento
expreso para recibir las facturas electrónicas.
3. La gran novedad que se incorpora en 2013
es que se acepta cualquier factura en la que se pueda demostrar su origen y
autenticidad.
Por
ello, a partir de ahora es válida cualquier factura electrónica que se genere
de forma similar a las de papel. El sistema a partir de ahora sería el
siguiente:
- Se genera la factura electrónica en
cualquiera de los formatos habitualmente usados (pdf, jpg, xml, etc.)
- Se remite por correo electrónico al
destinatario de la factura. Para efectuar dicha remisión, es necesario que el
destinatario ACEPTE EXPRESAMENTE mediante la firma de un documento que deberá
ser guardado por la empresa emisora de la factura.
En
dicho documento debe figurar el correo electrónico en el que desea recibir las
facturas, asi como la firma del representante de la empresa.
Este
es un paso definitivo para la desaparición de las facturas en papel, dado que
se eliminan las trabas informáticas existentes hasta la actualidad para la
implantación
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