lunes, 25 de febrero de 2013


NUEVAS MEDIDAS DE FOMENTO DE EMPLEO (3)

 1.- CONTRATACION INDEFINIDA MAYORES DE 45 AÑOS

Tendrán derecho a una reducción del 100% de la seguridad social aquellos trabajadores autonomos menores de 30 años sin asalariados que celebren contratos indefinidos a tiempo parcial o completo a desempleados mayores de 45 años.

                a.- Incentivo: Bonificación del 100% de la seguridad social durante 12 meses.

                b.- Requisitos de los trabajadores: el trabajador debe cumplir alguno de los siguientes requisitos (ademas de la edad):

                               - Estar dado de alta como desempleado de forma ininterrumpida al menos 12 meses en los 18 meses anteriores o beneficiarios de algun programa de recualificación profesional que agoten su protección por desempleo.

                c.- Jornada: La jornada podrá ser tiempo completo o a tiempo parcial, pero siempre en contrato indefinido.

                d.- Requisitos de la empresa: La empresa solo podrá ser un trabajador autonomo menor de 30 años que no tenga trabajadores asalariados.

                e.- Mantenimiento del empleo.- Las empresas se comprometen a mantener al trabajador dado de alta al menos 18 meses. Si no lo hacen, deben reintegran los incentivos

                              

NUEVAS MEDIDAS DE FOMENTO DE EMPLEO (2)

1.- CONTRATACION INDEFINIDA DE UN JOVEN POR MICROEMPRESAS Y EMPRESARIOS AUTONOMOS

Tendrán derecho a una bonificación del 100% de la seguridad social aquellas microempresasempresas (incluidos los autonomos) que celebren contratos indefinidos a tiempo parcial o completo con jovenes desempleados menores de 30 años.

                a.- Incentivo: Bonificación del 100% de la seguridad social durante 12 meses.

                b.- Requisitos de los trabajadores: el trabajador debe cumplir alguno de los siguientes requisitos (ademas de la edad):

                               - Estar dado de alta como desempleado

                c.- Jornada: La jornada podrá ser tiempo completo o a tiempo parcial, pero siempre en contrato indefinido.

                d.- Requisitos de la empresa: La empresa no podrá tener más de 9 trabajadores, no debe haber existido vínculo laboral anterior con el trabajador, y no se permite mas de un contrato de este tipo por empresa.

                e.- Mantenimiento del empleo.- Las empresas se comprometen a mantener el nivel de empleo alcanzado con este contrato durante al menos 12 meses desde la contratación, y el trabajador debe estar dado de alta al menos 18 meses. Si no lo hacen, deben reintegran los incentivos

NUEVAS MEDIDAS DE FOMENTO DE EMPLEO (1)

En  el Boe del sábado 23 de febrero se han dictado nuevas medidas de estímulo a la contratación de jóvenes, asi como de fomento del autoempleo.

Se han modificado multitud de normas apareciendo nuevamente subvenciones a la contratación, que fueron eliminadas casi todas hace unos meses (sobre el mes de Agosto del pasado año).

Dada la cantidad de medidas publicadas, desglosaremos las mismas en varios blogs.

 1.- INCENTIVOS A LA CONTRATACION A TIEMPO PARCIAL CON VINCULACION FORMATIVA

Tendrán derecho a una serie de bonificaciones aquellas empresas (incluidos los autonomos) que celebren contratos a tiempo parcial (de duración determinada o indefinidos) con jovenes desempleados menores de 30 años.

                a.- Incentivo: Bonificación del 100% de la seguridad social durante 12 meses, prorrogables otros 12 meses en casos de empresas de menos de 250 trabajadores, y bonificación del 75% en casos de empresas de mas de 250 trabajadores

                b.- Requisitos de los trabajadores: el trabajador debe cumplir alguno de los siguientes requisitos (ademas de la edad):

                               - No tener experiencia laboral o que éste sea inferior a 3 meses

                               - Proceder de otro sector de actividad

- Ser desempleado y estar inscrito ininterrumpidamente en la oficina de empleo al menos 12 meses durante los ultimos 18 meses anteriores a la contratación.

                c.- Jornada: La jornada no podrá ser superior al 50% de la jornada ordinaria de convenio

                d.- Formación: El trabajador debe realizar formación al mismo tiempo que trabaja o haberla realizado en los 6 meses anteriores al contrato en las siguientes condiciones:

- Formación oficial promovida por los Servicios Públicos de Empleo (cursos de formación)

- Formación en idiomas, tecnologías de la información y comunicación de duración anual minima superior a 90 horas.

                e.- Mantenimiento del empleo.- Las empresas se comprometen a mantener el nivel de empleo alcanzado con este contrato durante al menos 12 meses desde la contratación. Si no lo hacen, deben reintegran los incentivos