1.- PRIMER EMPLEO JOVEN
Las causas para usar el contrato
de duración determinada del art. 15 del Estatuto de los Trabajadores se amplian
con la siguiente:
- Se podrán
celebrar contratos temporales con jovenes desempleados menores de 30 años sin
experiencia laboral o si ésta es inferior a 3 meses
a.- Duración: La duración mínima del
contrato es de 3 meses y la máxima de 6 meses
b.- Requisitos de los trabajadores: el
trabajador debe cumplir los siguientes requisitos:
- Ser menor de 30 años
- No tener experiencia laboral o que ésta sea inferior a 3 meses
c.- Jornada: La jornada podrá ser tiempo
completo o a tiempo parcial, y el contrato será de duración determinada, siendo
la jornada mínima del 75% de la completa.
d.- Incentivos: Si el contrato se
transorma en indefinido, a partir de los 3 meses, la empresa se podrá bonificar
la cantidad de 500 euros/año durante 3 años (41,67 €/mes) , o 700 euros/año en
el caso de mujeres (58,33 €/mes)
e.- Mantenimiento del empleo.- Las
empresas se comprometen a mantener el nivel de empleo alcanzado durante al
menos 12 meses desde la contratacio del trabajador. Si no lo hacen, deben
reintegran los incentivos