lunes, 4 de marzo de 2013

NUEVAS MEDIDAS DE FOMENTO DE EMPLEO (4)


 

1.- PRIMER EMPLEO JOVEN

Las causas para usar el  contrato de duración determinada del art. 15 del Estatuto de los Trabajadores se amplian con la siguiente:

                - Se podrán celebrar contratos temporales con jovenes desempleados menores de 30 años sin experiencia laboral o si ésta es inferior a 3 meses

                a.- Duración: La duración mínima del contrato es de 3 meses y la máxima de 6 meses

                b.- Requisitos de los trabajadores: el trabajador debe cumplir los siguientes requisitos:

- Ser menor de 30 años                               

- No tener experiencia laboral o que ésta sea inferior a 3 meses

                c.- Jornada: La jornada podrá ser tiempo completo o a tiempo parcial, y el contrato será de duración determinada, siendo la jornada mínima del 75% de la completa.

                d.- Incentivos: Si el contrato se transorma en indefinido, a partir de los 3 meses, la empresa se podrá bonificar la cantidad de 500 euros/año durante 3 años (41,67 €/mes) , o 700 euros/año en el caso de mujeres (58,33 €/mes)

                e.- Mantenimiento del empleo.- Las empresas se comprometen a mantener el nivel de empleo alcanzado durante al menos 12 meses desde la contratacio del trabajador. Si no lo hacen, deben reintegran los incentivos

                              

 

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